Libro de registros de medicamentos
No podemos olvidar que los apicultores somos productores de alimentos. Es por ello que tenemos la obligación de cumplir una serie de requisitos para que estos alimentos sean sanos y de calidad. Las autoridades competentes pueden pedirnos que demostremos que nuestros manejos son seguros y de acuerdo con la ley.
Según el Decreto 47 de 2025 del Gobierno de Cantabria, todos los titulares de explotaciones ganaderas (y por tanto apícolas) tendrán la obligación de llevar un registro de los aquellos medicamentos aplicados a sus animales. Este registro se complementará con las recetas que tu veterinario/a te haya cumplimentado.
En el caso de las explotaciones apícolas de Cantabria, el apicultor tiene a su disposición un Libro de Explotación Apícola en el cual se incorpora un apartado para este fin.
En dicho registro, el Veterinario/a que te prescriba el tratamiento deberá apuntar diversas cuestiones sobre el medicamento recetado, incluyendo su firma y número de colegiado.
Así mismo, cuando eres tú quien aplica el medicamento (es decir, que el veterinario/a no te ha puesto el medicamento a las colmenas en persona) tendrás que cumplimentar aquellos campos que sean precisos, como el inicio de la aplicación del tratamiento a las colmenas.
Ante cualquier inspección que te hagan las autoridades competentes, podrán solicitarte la revisión del Libro.
Y recuerda que debes guardar este registro (así como las recetas de dichos medicamentos) durante un periodo de 5 años, aun cuando ya no tengas las colmenas.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=CE-D-2014-75
https://www.scsalud.es/venta-de-medicamentos-veterinarios-por-internet
https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=206037
http://colvetcantabria.com/es/registro/20170809093940/Receta-electronica-(animales-de-produccion)/
Textos redactados por Carlos Marín
